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Cambio de Nombres y Apellidos

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Abogados Cambio de Nombres y Apellidos


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Abogados Concepción

Laborales, Divorcios, Despidos, Penales, Tercerías, Herencias.
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Abogados especialistas en posesiones Efectivas, reforma de testamentos, juicios de partición, juicios de arriendo, precarios, interdicción, tercerías, embargos, cambios de nombre, constitución de sociedades.

Abogados Penales.

Abogados Penalistas, defensas penales, querellas, manejo en estado de ebriedad, todos los delitos, excepto drogas

ABOGADOS CAMBIO DE NOMBRE Y APELLIDOS

Asesoría Legal Pagada.

Esto permite a nuestros abogados Civiles  seleccionar sus clientes y brindarles un servicio de calidad, así UD. accede a cuatro elementos que deben presidir el análisis de un cambio de nombre o apellido o  por un abogado:
Seriedad, Dedicación, Transparencia y Tiempo.

¿Cuándo se permite cambiar de nombre?

Cualquier persona podrá solicitar, por una sola vez, el cambio de sus nombres o apellidos, en los siguientes casos:
• Cuando sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente.
• Cuando por más de 5 años haya sido conocida por nombres o apellidos distintos.
• En los casos de filiación no matrimonial, para agregar un apellido cuando la persona hubiere sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido.
• Cuando los nombres o apellidos no son en español, podrá solicitarse para que se autorice traducirlos al idioma castellano.

Trámites a seguir para cambios de nombres.

• Se solicita en los tribunales civiles.
• Se publica un extracto de la solicitud en el Diario Oficial. Este extracto lo redacta el secretario del Tribunal y en él se individualiza la persona y los nombres que quiere usar.
• Cualquier persona dentro de los 30 días siguientes a la publicación se puede oponer.
• El Juez ordena que se rinda información sumaria.
• Es obligatorio oír, mediante informes, a la Dirección del Registro Civil e Identificación.
• El juez no autorizara el cambio de nombre, si existe causa penal pendiente en contra de la persona que solicita el cambio o si ésta ya está condenada por algún delito penado con más de 3 años y un día, a menos que hayan transcurrido más de 10 años desde que se encuentre cump0lida la pena.
• La sentencia que admita el cambio de nombre debe subinscribirse al margen de la partida de nacimiento de la persona.

¿Cuáles son los efectos del cambio de nombre?

• Sólo se podrá usar en el futuro el nuevo nombre o apellidos.
• El cambio de apellido no se hace extensivo a los padres.
• No altera la filiación, es decir, el vínculo jurídico que une a una persona con sus progenitores.
• El cambio de nombre afectará a los descendientes sujetos a patria potestad y a los que consientan en ello.

¿Qué pasa si el solicitante de cambio de apellidos tiene descendientes menores de edad?.

Deberá conjuntamente solicitar el cambio de apellido de sus hijos y la modificación en la partida de matrimonio y en las inscripciones de nacimiento

¿Qué sucede si el Oficial del Registro Civil se niega a poner un determinado nombre a su hijo?

Si el oficial del Registro Civil se niega a poner un determinado nombre a su hijo por considerarlo ridículo, impropio, extravagante, equivoco en cuanto al sexo o contrario al buen lenguaje, UD. puede exigir que se envíen los antecedentes a los tribunales para que el juez resuelva en el menor plazo posible y sin forma de juicio.

Abogado
Víctor Flores Carvajal

 

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