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Juicios de Arriendo, Divorcios, Defensas Penales, Laborales,.
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Abogados especialistas en posesiones Efectivas, reforma de testamentos, juicios de partición, juicios de arriendo, precarios, interdicción, tercerías, embargos, cambios de nombre, constitución de sociedades.

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Abogados Penalistas, defensas penales, querellas, manejo en estado de ebriedad, todos los delitos, excepto drogas

DEMANDAS EN JUICIOS DE ARRIENDO

Asesoría Legal Pagada.

Esto permite a nuestros abogados  seleccionar sus clientes y brindarles un servicio de calidad, así UD. accede a cuatro elementos que deben presidir el análisis de una demanda de termino de contrato de arriendo  por un abogado:
Seriedad, Dedicación, Transparencia y Tiempo.

Demandas en juicios de arriendo  juicios de arriendo

ISi a UD. le deben meses de arriendo y los gastos de los consumos básicos, lo primero que debe realizar es el desahucio, esto es, la noticia anticipada del termino del contrato de arrendamiento que de conformidad a la nueva Ley de arriendo debe hacerse con a lo menos dos meses de anticipación, salvo que las partes hayan pactado otro plazo.

El desahucio debe ser puesto en conocimiento del arrendatario por notificación judicial o bien a través de una notificación efectuada por un notario, sin embargo generalmente las partes pactan que se dará aviso por carta certificada, lo que no da ninguna garantía, dado que la ley ha establecido la forma precisa en que debe ser efectuado el desahucio para que sea válido. No obstante lo anterior, en la demanda de término de contrato de arrendamiento por falta de pago de rentas se puede solicitar el desahucio en un apartado de la demanda.

En un juicio de arriendo una vez presentada la demanda el tribunal fija fecha de audiencia al quinto día hábil de notificada la demanda. ésta es una audiencia de conciliación, si no hay conciliación se recibe la causa aprueba una vez rendida la causa queda para estado de ser fallada. El tribunal generalmente fija un plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la sentencia para hacer el desalojo, pudiendo el demandado por motivos graves solicitar una prorroga hasta por 30 días.

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