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Compensación económica

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Abogados de Familia Expertos En Demandas De Compensación Económica?

Conoce los requisitos para que puedas demandar una  compensación económica.   Consulta a un abogado de familia en línea. 

Si no pudo desarrollar una actividad económica remunerada o lo hizo en menor medida por haber estado al cuidado de sus hijos y a las labores propias del hogar, contáctenos. Ud. tiene derecho a demandar una compensación económica. 

La compensación económica sólo procede en los casos de divorcios, ya que, en los casos de separación judicial queda subsistente el deber de socorro entre los cónyuges, tanto así que el cónyuge más débil puede demandar de alimentos.

  • Requisitos para poder demandar una compensación económica. 

La nueva Ley 19.947 de Matrimonio Civil estable en el artículo 61: 

 "Si, como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería, tendrá derecho a que, cuando se produzca el divorcio o se declare la nulidad del matrimonio, se le compense el menoscabo económico sufrido por esta causa".

Conforme lo dispuesto, es necesario la existencia de un menoscabo económico, por ejemplo, no tener un fondo de capitalización individual en una AFP, o bien no tener los  fondos sufienientes,  por no cotizar el tiempo que él o la cónyuge no pudieron trabajar  por haberse dedicado al cuidado de sus hijos.

 

  • Determinación del menoscabo económico y cuantía de la compensación.

 Para determinar la existencia del menoscabo económico y la cuantía de la compensación, se considerará, especialmente, la duración del matrimonio y de la vida en común de los cónyuges; la situación patrimonial de ambos; la buena o mala fe; la edad y el estado de salud del cónyuge beneficiario; su situación en materia de beneficios previsionales y de salud; su cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral, y la colaboración que hubiere prestado a las actividades lucrativas del otro cónyuge.      Si se decretare el divorcio en virtud del artículo 54, el juez podrá denegar la compensación económica que habría correspondido al cónyuge que dio lugar a la causal, o disminuir prudencialmente su monto.

Ahora que ya sabes los parametros que el juez considera para establecer una compensación económica,  trate siempre de lograr un acuerdo respecto de un monto por compensación económica  y así  tramitar tu divorcio por mutuo acuerdo,   de lo contrario, ambos cónyuges se pueden  exponerse a una sentencia que en definitiva no los deje conforme.

  • Como se puede pagar una compensación económica.

El juez atendida las facultades económicas del demandado (a), puede fijar el pago de una suma  mensual, para lo cual el juez ordenará la apertura de una cuenta de ahorro a la vista para este fin. También el tribunal puede condenar  pagar en una sola cuota, lo que dependerá de las facultades económicas del demandado (a).  También puede ordenar el traspaso de hasta el 50 % de los fondos de la AFP que posea el demandado (a).

  • Garantías para el cumplimiento del pago de la compensación económica.

Para garantizar el cumplimiento operan las mismas garantías que existen para una pensión de alimentos, a saber: arresto, arraigo, suspensión de licencia de conducir y  retención judicial. 

 

 

 

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