Luego el Tribunal
cita a una audiencia e instará al querellante y querellado
a llegar a un acuerdo, a esta audiencia deben concurrir con todos
sus medios de prueba.
El querellante
puede desistirse de su querella, si lo hace toma a su cargo las
costas y queda sujeto a la decisión que adopte el tribunal.
NOTA:
La inasistencia del querellante a la audiencia del juicio o su
inactividad por más de 30 días para dar curso al
proceso, producirán el abandono de la acción y el
tribunal deberá decretar el sobreseimiento definitivo en
la causa. (Contacto)
Procedimiento
en el giro doloso de cheques de acción pública previa
instancia particular.
El artículo
42 de la Ley de Cheques señala que los fiscales no iniciarán
investigación alguna mientras no se les presente el cheque
protestado y el certificado del Tribunal en lo civil, en que se
constate la práctica de la notificación del protesto
y el transcurso del plazo de tres días para efectuar la
consignación que permite la Ley, sin que ella se haya efectuado.
Plazo
en que debe ejercer sus derechos (Prescripción de la acción).
Ud. debe iniciar
las acciones civiles y penales antes del vencimiento de un año
contado desde la fecha del protesto, que debemos entender como
la fecha de vencimiento del cheque, toda vez que siendo el cheque
siempre es pagadero a la vista, el hecho de su presentación
determina su vencimiento.
Sobreseimiento
El pago del
cheque, los interese corrientes y las costas judiciales, si las
hubiere, constituirá causal de sobreseimiento definitivo,
a menos que de los antecedentes aparezca en forma clara que el
imputado ha girado el o los cheques con ánimo de defraudar.
Abogado
Víctor Flores Carvajal