Divorcio Unilateral
El
divorcio unilateral
exige un cese de convivencia de a lo menos tres años, el
cual se acredita con testigos que pueden ser familiares y prueba
documental, por ejemplo, certificado histórico de residencia,
copia de contrato de arriendo, copia de contrato de trabajo, copia
de licencia de conducir, etc. Lo importante es que todos los documentos
que se ofrezcan como prueba deben tener a lo menos tres años
de antigüedad a la fecha de presentación de la demanda.
Ingresada
la demanda el tribunal fijará una fecha de audiencia preparatoria,
esta resolución debe ser notificada a la parte demandada
quien tendrá hasta 15 días antes de la audiencia para
contestar la demanda o demandar compensación
económica, si la contestación o la contrademanda
(demanda reconvencional) se realiza fuera de plazo, no será
admisible.
En
la audiencia preparatoria el juez hará un llamado a conciliación
a las partes y preguntará si quieren seguir manteniendo el
vínculo matrimonial con la respuesta negativa el juez dará
la palabra al abogado del demandante quien ratificará la
demanda y al abogado del demandado para allanarse (aceptar) o oponerse
al divorcio por las causales invocadas. Luego el juez fijará
los hechos a probar: existencia del vínculo matrimonial y
efectividad del cese de convivencia. Si se demando compensación
económica también se fijará como puntos a probar
la capacidad económica de las partes, menoscabo económico
sufrido por el cónyuge que demanda la compensación
y si efectivamente no trabajo o dejo de trabajar por estar dedicado
al cuidado de los hijos.
Abogado
Víctor Flores Carvajal
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