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LEY
DE LAS ESTUDIANTES EMBARAZADAS.
Identificación de la Norma : LEY-19688
Fecha de Publicación : 05.08.2000
Fecha de Promulgación : 10.07.2000
Organismo : MINISTERIO DE EDUCACION
MODIFICA LA LEY Nº 18.962, ORGANICA CONSTITUCIONAL
DE
ENSEÑANZA, EN LO RELATIVO AL DERECHO DE LAS ESTUDIANTES
QUE SE ENCUENTREN EMBARAZADAS O QUE SEAN MADRES
LACTANTES DE ACCEDER A LOS ESTABLECIMIENTOS
EDUCACIONALES
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha
dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley
''Artículo único.- Intercálese en el artículo
2º de la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional
de Enseñanza, a continuación del inciso segundo, el
siguiente inciso, nuevo, pasando el inciso tercero a ser cuarto:
''El embarazo y la maternidad, no constituirán impedimento
para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación
de cualquier nivel. Estos
últimos deberán, además, otorgar las facilidades
académicas del caso.''.''.
Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º
del Artículo 82 de la Constitución Política
de la República y por cuanto el Congreso Nacional ha aprobado
las observaciones formuladas por el Ejecutivo; por tanto promúlguese
y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 10 de julio de 2000.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente
de la República.- Mariana Aylwin Oyarzún, Ministra
de Educación.- Adriana Delpiano
Puelma, Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.-
Saluda atentamente a Ud., José Weinstein Cayuela,
Subsecretario de Educación.
Proyecto
de ley que modifica la ley Nº 18.962, en lo relativo al derecho
de las estudiantes que se encuentran embarazadas o que sean madres
lactantes, de acceder a los establecimientos educacionales
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica
que la Honorable Cámara de Diputados envió el proyecto
de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional,
a fin de que este Tribunal ejerciera el control de su constitucionalidad,
y que por sentencia de 28 de junio del 2000, lo declaró constitucional.
Santiago, junio 28 de 2000.- Rafael Larraín Cruz,
Secretario.
Abogado
Víctor Flores Carvajal
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