Si existe acuerdo entre los cónyuges.
Se
pacta por escritura pública la separación
de bienes y en la misma escritura se liquida la sociedad conyugal.
Si
hay bienes raíces se debe constar con los siguientes documentos:
1.- Certificado de avaluo fiscal
2.- Certificado de dominio vigente
3.- Certificado de pago de contribuciones
4.- Certificado de deuda bancaria
En
la confección de la escritura se incorporan los bienes
muebles que posee la sociedad conyugal y los bines raíces
de que es dueña la sociedad; los cuales con el objeto de
cuadrar los valores para realizar las adjudicaciones a cada cónyuge
pueden ser tasados de común acuerdo.
En
la practica el abogado propone la tasación en la escritura
para poder asignar el activo y pasivo de la sociedad a los cónyuges
de manetra que a cada uno le corresponda la mitad de los derechos
en los biones que se adjudicarán
Si no existe acuerdo entre los cónyuges.
Se
debe iniciar una demanda de separación de bienes en los
juzgados de familia luego de sentenciada la causa si aún
no existe acuerdo en como se distribuirán los bienes cualquiera
de los cónyuges puede iniciar un juicio de partición.
Nota:
El divorcio produce
la disolución de la sociedad conyugal pero queda pendiente
la liquidación que puede ser efectuada conforme lo hemos
explicado precedentemente.
Abogado
Víctor Flores Carvajal