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Cumplimiento de Pensiones Alimenticias

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CUMPLIMIENTO DE PENESIONES DE ALIMENTO 

Retención Judicial: Una buena medida que obliga al empleador a descontar por planilla de las remuneraciones del demandado la cantidad a depositar por concepto de alimentos. 

Te invitamos a leer el siguiente artículo: 

Si te deben pensiones de alimentos, debes solicitar en los Juzgados de Familia la liquidación de la deuda, ésto consiste en la operación de cáculo realizada por el tribunal a fin de establecer el monto de lo que debe el demandado por concepto de alimentos. Se ingresa la solicitud al tribunal acompañando copia actualizada de la libreta de depósitos, el tribunal dictará resolución ordenando la liquidación y que se notifique al demandado el monto de lo adeudado; éste tiene un plazo de tres días para impugnar u objetar la liquidación practicada por el tribunal, vencido el plazo para objetar, si el demandado no paga las pensiones de alimentos adeudadas se puede solicitar arresto, suspensión de la licencia de conducir, retención de la devolución de impuestos para que sean girados a nombre de la demandante. 

Si el monto de la deuda lo amerita puede iniciar un juicio que puede terminar con el remate de los bienes del demandado.

  • Retención Judicial de un porcentaje del sueldo. 

Como medida para que no se vuelva a generar futuros incumplimientos, es pertinente solicitar al tribunal que se oficie al empleador para que éste retenga un porcentaje del sueldo y lo pague directamente a la demandante.

  • Cumplimiento de Pensiones Alimenticias.

Ley 14.908 Sobrre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.


Lo que debes solicitar al Juzgado de Familia es una solicitud de cumplimiento de pensiones para lo cual debes actualizar su libreta de depósitos concurriendo al Banco Estado, una vez actualizada la libreta, debe acompañarla al Tribunal para que ingrese a la unidad de liquidación de pensiones, efectuada esta operación contable, la liquidación debe ser notificada al demandado, quien tendrá un plazo de cinco días para objetar la liquidación, si el demandado no objeta la liquidación, se requerirá de pago al demandado por la cantidad señalada por el tribunal. 

Medidas de apremios para que el demandado pague las pensiones que debe.

Si el demandado no deposita el monto total de la deuda o no se logra acuerdo en instancia de mediación, se puede solicitar al tribunal que se cursen los apremios contra el demandado consistente en:

  • Arresto.
  • Suspensión de licencia de conducir.
  • Arraigo.
  • Retención de impuestos.
  • Derecho a solicitar la separación de bienes.

Recordemos que el no pago de las pensiones de alimentos da derecho a la mujer casada en sociedad conyugal a solicitar la separación judicial de bienes. 

  • Retención Judicial.

Una medida muy eficaz para evitar futuros incumplimiene demandado esta obligado a proporcionar por concepto de alimentos; si el empleador no efectúa esta retención ordenada por el tribunal se puede multar a la empresa.

Si tienes dudas o quieres contratarnos, contacta vía e-mail o telefónicamente uno de nuestros abogados experto en pensiones de alimentos  para una atención personalizada.

 

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Cumplimiento de Pensiones de Alimentos.

Abogados de familia,  especialistas en demandas de pensiones alimenticias, aumento de pensión y otras materias del derecho de familia.  Si necesitas asesoría te invitamos a consultar a un abogado de familia

 

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