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No es lo mismo Divorcio y separación judicial.

No es lo mismo Divorcio y
Separación Judicial |
El divorcio
es la causal de término del matrimonio válidamente
celebrado, que declara el juez, a petición de uno o ambos
cónyuges, cumpliendo con los requisitos legales y transcurrido
el plazo previsto en la ley.
El divorcio disuelve completamente el vínculo
matrimonial dejando solamente subsistente los derechos y
obligaciones que los padres tienen respecto a los hijos.
En
cambio, la separación judicial
es una medida menos drástica que el divorcio,
sólo suspende los derechos
y obligaciones incompatibles con la vida separada de los cónyuges,
es decir, el deber de cohabitación
y fidelidad, pero subsisten todos los demás deberes
y derechos, el deber socorro, auxilio, y derechos sucesorios.
En
consecuencia, los separados no pueden contraer nuevo matrimonio,
los divorciados pueden contraer un nuevo matrimonio.
Tanto
en el divorcio como en la separación, sea
de hecho o judicial, se deben regular las materias vinculadas al
régimen de bienes del matrimonio, los alimentos que se deberán
a los hijos, quien tendrá el cuidado personal de ellos y
el derecho de comunicación o visita, mediante un acuerdo
celebrado por escritura pública o en una acta extendida ante
el Oficial del Registro Civil, teniendo siempre presente que el
acuerdo debe estar siempre dentro del marco legal, a falta de estos
acuerdos, Ud. nos puede contactar
para instar a su cónyuge a celebrar dichos acuerdos o solicitar
el procedimiento judicial para regular estas materias.
Abogado
Víctor Flores Carvajal
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