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SEPARACIÓN JUDICIAL
La separación judicial, no debemos confundirla con la separación de bienes; la separación judicial dice relación con el fin del deber de cohabitación y de fidelidad.
Recordemos que la separación judicial es una medida menos drástica que el divorcio:
- Hace cesar el deber de cohabitación y fidelidad. (Suspende el deber de vivir juntos pero siguen casados)
- Deja subsistente todos los demás derechos y obligaciones recíprocos entre los cónyuges, por ejemplo, el deber de socorro, el derecho de alimentos y los derechos sucesorios. Sin embargo, el cónyuge que por su culpa ha dado origen a la separación, (violación grave a los deberes de fidelidad, socorro, ayuda mutua, convivencia y respeto recíproco) pierde sus derechos hereditarios si no existe un testamento.
- Con relación al régimen de bienes se termina la sociedad conyugal, pero ésto no afecta los derechos de usufructos, uso o habitación que se hubieren constituido a favor del cónyuge no propietario.
- Con relación al derecho de alimentos, manifestación del derecho de socorro, la regla general es que se deben al cónyuge de un modo que permitan subsistir modestamente “de acuerdo a su posición social”, pero el cónyuge que por culpa suya haya dado causa a la separación judicial, sólo tendrá derecho para que el otro cónyuge le provea lo necesario para su modesta subsistencia.
- Con relación a los hijos, no se altera la calidad de hijos matrimoniales ni los derechos y deberes de los padres. La madre tendrá el cuidado personal de los hijos, salvo que el juez estime entregar el cuidado al padre cuando el interés del hijo lo haga indispensable.
Si tiene alguna duda y desea una respuesta personalizada contáctese con nosotros y responderemos a la brevedad sus inquietudes.
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Abogados de Familia expertos en separación judicial, divorcio, liquidación de sociedad conyugal, pensiones de alimentos, sepración de bienes, cuidado personal, regimen de relación directa y regular y otras materias de familia. Si necesitas asesoría te invitamos a que consultes a un abogado de familia.