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Patria Potestad

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PATRIA POTESTAD

Te invitamos a leer este artículo, donde te informarás a fondo acerca del significado de la patria potestad. Consulta un abogado en línea. 

Te invitamos a leer este artículo.

  • Indice

  • Concepto de patria potestad.
  • Límites de la patria potestad.
  • Por quien es ejercida la patria potestad
  • Marco legal. 
  • Concepto de Patria potestad

El origen del término nos remite al derecho romano. Existía, en la Roma antigua, un poder absoluto e indefinido (Patria potestas, en latín) exclusivo del padre (pater familiae) sobre los hijos

Patria potestad, es el conjunto de derechos y obligaciones que la ley reconoce a los padres sobre las personas y bienes de sus hijos (o cuando se requiere, a terceras personas) mientras estos son menores de edad o están incapacitados, con el objetivo de permitir el cumplimiento a aquellos de los deberes que tienen de sostenimiento y educación de tales hijos. 

La Patria potestad; siempre ha de ejercerse en beneficio de los hijos y entre los deberes de los padres se encuentra la obligación de estar con ellos, cuidarlos, protegerlos, alimentarlos, educarlos, procurarles una formación integral, representarlos legalmente y administrar sus bienes.

  • Límites a la Patria Potestad

La reducción del poder de los padres viene establecida por las legislaciones, pues la función de la patria potestad tiene como límite el interés superior de los hijos y su beneficio, quedando en manos de los poderes públicos la posibilidad de que, velando por los intereses del menor, priven de la patria potestad a los progenitores. Y ello siempre, por supuesto, a través de procedimientos judiciales.

Desde el punto de vista jurídico, la patria potestad, regulada en el Código Civil, no es más que el conjunto de derechos que la ley confiere a los padres sobre las personas y bienes de sus hijos no emancipados así como el conjunto de deberes que también deben cumplir los padres respecto de sus hijos.

  • Quien Ejerce la Patria Potestad:

La patria potestad se ejerce de forma conjunta por el padre y la madre, independientemente de que éstos se encuentren o no casados, o de forma exclusiva por uno de ellos con el consentimiento del otro
Si los padres viven separados la patria potestad y crianza de los hijos corresponde a la madre, a menos de encontrarse incapacitada por inhabilidad física o moral caso en el cual el padre podrá demandar el cuidado personal y así de conformidad al artículo 245 del Código Civil ejercerá también la patria potestad.

  • Marco Legal

La patria potestad está regulada en nuestro Código Civil en el Libro I título X. artículos 243 al articulo 273.

NOTA: Si se determina la filiación de un hijo, en un juicio de paternidad, con oposición del padre este pierde la patria potestad. 

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