Abogados especialistas en obtención de Beneficios alternativos al cumplimiento efectivo de una pena, reclusión nocturna, pena remitida y libertad vigilada .
La remisión condicional de la pena consiste en la suspensión de su cumplimiento y en la discreta observación y asistencia del condenado por la autoridad administrativa durante cierto tiempo.
Al conceder este beneficio, el tribunal establecerá un plazo de observación que no será inferior al de duración de la pena, con un mínimo de un año y máximo de tres, e impondrá las siguientes condiciones que el reo deberá cumplir:
a) Residencia en un lugar determinado, que podrá ser propuesta por el reo. Esta podrá ser cambiada, en casos especiales, según calificación efectuada por la sección de tratamiento en el medio libre de Gendarmería de Chile;
Si el beneficiado quebrantare, dentro del período de observación, alguna de las condiciones señaladas en el artículo precedente, la sección de tratamiento en el medio libre pedirá que se revoque la suspensión de la pena, lo que podrá decretar el tribunal, disponiendo el cumplimiento de la pena inicialmente impuesta o su conversión en reclusión nocturna, según fuere aconsejable. Para revocar este beneficio el juez de garantía citará a una audiencia en la que su abogado defensor debe exponer los motivos que justificaron el no cumplimiento.
Si tienes dudas, sugerimos contactar vía e-mail o telefónicamente uno de nuestros abogados para una atención personalizada.
Desde el 2004 entregando asesorías con abogados especialistas en el desarrollo de defensas penales, garantizando el acceso a los beneficios que contempla nuestra legislación.